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Evalúe la legalidad de su parte: derechos y deberes de los conductores
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Modificada el 31/10/2007

¿Lo multaron porque el semáforo estaba en rojo y usted giró a la derecha con precaución? o ¿porque al chocarse con otro vehículo obstaculizó la vía?

Como estos casos existen otros que no son motivo de sanción, pero que las personas involucradas terminan pagando ?ya sea con dinero o con una ?fuerte inversión? de tiempo? por error, presión o desconocimiento del agente de tránsito.

Por eso, si usted no está de acuerdo con un comparendo, y tiene pruebas de alguna irregularidad cometida en el momento de su imposición, tiene tiempo para presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes en la sede de inspecciones de tránsito (carrera 10 No. 63-28)

Allí puede solicitar la exoneración, para lo cual se realizará una audiencia de descargos que en algunos casos puede ser inmediata o, en otros, programada mediante una comunicación escrita que le llegará a su domicilio.

Todo el proceso

Ya en la audiencia, el conductor ?afectado? debe presentar las pruebas que considere necesarias para demostrar por qué no debe ser sancionado, de tal forma que el juez pueda determinar  si debe o no pagar el comparendo.

Si después de este proceso la autoridad decide que no es necesario pagar la multa, el conductor quedará exonerado de la culpa pero no recibirá ningún tipo de paz y salvo.

Pero, si el agente de tránsito colocó la infracción con justa causa, el conductor tendrá que cancelarla en las entidades bancarias autorizadas y esperar tres días hábiles a que el sistema, automáticamente, descargue el monto consignado de la base de datos y, posteriormente, constatar si el pago fue descargado en la línea telefónica 360 0111.

?Ir por lana y salir trasquilado?

La Secretaría de Tránsito y Transporte (STT) ha logrado identificar que existen personas inescrupulosas que inducen a los infractores a presentar ante el organismo Derechos de Petición a cambio de dinero, con el argumento de que a través de este mecanismo lograrán la exoneración o caducidad de un comparendo.

Al respecto, representantes de la STT explican que la presentación de este recurso no exonera el pago de un comparendo. El único procedimiento legal es la presentación personal en las inspecciones de tránsito.

Además, a los usuarios que acudan a las inspecciones de tránsito se les revisará su estado de cuenta y si tienen deudas pendientes por concepto de multas y comparendos les será retenida la licencia de conducción.

Es importante que el conductor tenga en cuenta que la salida de los patios de un vehículo que está inmovilizado, con deudas anteriores por multas y comparendos, estará sujeta a su cancelación, según lo dispone el Artí-culo 140, Ley 769 del 2002.

Por otra parte, si el infractor no paga el comparendo durante los tres días hábiles siguientes a su imposición ni se acerca a la inspección de tránsito a solicitar audiencia, la multa se duplicará en el día 4 y pasados 30 días se ordenará la retención de la licencia.

Si aún persiste la deuda se continuará con la ejecución de un proceso de jurisdicción coactiva que podrá llegar hasta el embargo de los bienes, aunque haya radicado un Derecho de Petición.


Quejas sobre el agente...

Si un ciudadano tiene quejas sobre el comportamiento de un agente de tránsito por mala interpretación de la norma, abuso de autoridad, hechos en contra de la transparencia, entre otros, debe enviar la inquietud con la mayor cantidad de datos a la sede de la Policía Metropolitana de Bogotá, departamento  de asuntos disciplinarios, ubicada en la Avenida Caracas No. 6-05.

Allí debe identificar la placa del agente, nombre, lugar de los hechos, fecha, hora, además de narrar los acontecimientos para que se pueda proceder a abrir una investigación disciplinaria.

Una vez llega la queja, los funcionarios encargados mandarán los documentos a investigación y citaran al agente para que haga los descargos.

Si se determina que el agente de tránsito cometió un error, éste recibe una amonestación escrita o verbal, una multa que pagará descontándosela del sueldo o con la destitución, de acuerdo con el tipo de falta.

Palabras Clave: Carro | Multa | Tramite
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