¿Qué reconoce el seguro voluntario?
No tiene sentido solicitarle a una compañía aseguradora que pague un daño causado por un hecho que no estaba contemplado en la póliza.
Por eso es importante tener en cuenta aspectos de la vida diaria, antes de decidirse por una cobertura contra hechos fortuitos, como fenómenos naturales o actos vandálicos. Por ejemplo:
*Los riesgos climatológicos de la zona geográfica por donde rueda el vehículo.
*Si el conjunto en donde vive tiene garaje cubierto o parqueadero descubierto.
*La frecuencia de alteraciones de orden público de la localidad en donde habita.
*El número de horas en que el vehículo se desplaza diariamente por la ciudad.
Tenga en cuenta?
La póliza de seguros puede pagar el vehículo completo, reparar los daños o, incluso, decirle al asegurado que le corresponde a él asumir los gastos. Antes de hacer la reclamación, es bueno aclarar algunos aspectos importantes.
*La aseguradora paga sobre el valor comercial del vehículo al momento del siniestro, no sobre ?valor de carátula? (contratado): los seguros cubren el patrimonio, no la depreciación del bien.
*Si su vehículo ha bajado mucho de precio en el mercado, puede acudir a su compañía de seguros a renegociar la póliza.
*La pérdida total se da cuando el costo de la reparación supera el 75 por ciento del valor comercial del vehículo.
*La pérdida parcial se da cuando el costo de la reparación es inferior a ese porcentaje.
*De cualquier forma, la compañía descontará el valor del deducible pactado al momento de contratar con usted.
*Si el monto de la reparación no supera el porcentaje del deducible, la compañía no paga.
¿Qué es el deducible?
Es un porcentaje que fluctúa entre el 10 y el 15 por ciento del valor comercial del carro al momento del siniestro, el cual descuenta la aseguradora, por dos razones específicas:
*Obligar al asegurado a acompañar en la deuda a la aseguradora, siendo más cuidadoso con su carro.
*Evitar que la aseguradora se llene de reclamaciones nimias: es mejor negocio pagar un rayón del propio bolsillo, que hacerlo a través de la aseguradora.
Esto cubre la póliza
Responsabilidad civil: pérdidas patrimoniales a las que se vería expuesto si resulta responsable por las lesiones personales o daños a bienes de terceros por causa de un accidente de tránsito.
Daños: pérdidas patrimoniales a las que se vería expuesto por los daños totales o parciales de su vehículo, en un accidente de tránsito. En esta cobertura se contemplan otras para casos fortuitos, como granizo, inundación, incendio, terrorismo o asonada.
Hurto: pérdidas patrimoniales a las que se vería expuesto por la pérdida de su vehículo o partes del mismo.
Otras coberturas: servicio de grúa, carro-taller, asistencia, hoteles, conductor elegido, asistencia jurídica, entre otros beneficios.
Salga de dudas
¿Basta con tener póliza contra daños parciales o totales, en caso de un evento diferente a un accidente sobre la vía?
No. Es imprescindible especificar contra qué está cubierto el vehículo, distinto al accidente de tránsito. Nadie está obligado a pagar lo que no le corresponde.
¿Es necesario cubrirse contra eventos naturales?
Es una decisión personal, pero las mismas aseguradoras recomiendan darles prioridad a la responsabilidad civil y a los daños en accidente de tránsito, que cubrirse contra hechos fortuitos de la naturaleza.
¿No es mejor agrupar todos los eventos en uno solo, en vez de ofrecerlos por aparte?
Hacerlo así es ventajoso para el asegurado, en la medida en que puede escoger el evento, de acuerdo al riego y a la estadística de su zona. Lo malo es que tiene que cancelar cada cobertura por aparte.
¿Si se comprueba que el techo del concesionario o del parqueadero se cayó durante el vendaval por fallas arquitectónicas, el seguro paga?
Sí paga, si el vehículo está asegurado contra vendavales. De comprobarse más adelante que el local falló por razones arquitectónicas, la compañía de seguros ?arregla? con los dueños del sitio.
¿El seguro paga, así el vehículo esté parqueado en zona prohibida durante el evento natural?
Con la cobertura respectiva, sí.